martes, 5 de junio de 2012


ORDEN DEL DÍA
REUNION CASVGG - 06 de junio de 2012
1)        Lectura y consideración acta anterior.
2)        Análisis de la Ordenanza 2035/12 (TEXTO AL PIE) FONDEPRO (Cooperadora policial)
3)        911 – Situación a la fecha
4)        Programa destinado a destacar agentes.
5)        Protocolo de denuncias. 
6)        Análisis de las situaciones de cortes de calles y modificación intempestiva de recorrido de colectivos.-
7)        Varios (espacio destinado a miembros de la Comisión que no hayan podido enviar sugerencias o inquietudes a la coordinación).
8)        Agasajo por el Día del Periodista, a los medios que nos acompañan habitualmente en nuestras reuniones.

ORD. 2035/12 - MODIFICACIÓN ART. 1 INC. C ORD. 1989/11 - Expte. Nº  4.412/12.

VISTO:
La Ley 2756.
La Ordenanza Nº 1.639/05 y su modificatoria Nº 1.989/11 , y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza Nº 1.989/11 en su Inc. C destina el 25 % de los fondos a las fuerzas de seguridad pública.
Que el fondo mencionado no tiene una especificación técnica en cuanto a su destino y distribución.
Que las fuerzas de seguridad se rigen por reglamentos que prohíben el manejo de fondos provenientes de donaciones y/o contribuciones.
Que de acuerdo a las consultas realizadas entre las distintas seccionales, comando y jefatura de zona la distribución del fondo destinado por la Ordenanza Nº 1.989/11 necesita de una distribución más acorde con el momento.
Que se hace necesaria la formación de una Comisión que administre y redistribuya los fondos destinados por la mencionada Ordenanza.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2035/2012
ART. 1º) Modifíquese el Art. 1º Inc. C de la Ordenanza Nº 1.989/11 , el que quedará redactado de la siguiente manera: “25 % a Fuerzas de Seguridad Pública para equipamiento y toda demanda que propenda a garantizar su funcionamiento, cuyos fondos se distribuirán a través de una Comisión formada por: un representante del Departamento Ejecutivo Municipal, un representante del Concejo Deliberante, un representante de la Comisión de Apoyo  a la Seguridad, un representante de la Asociación de Comercio e Industria y el Inspector de Zona a cargo”.
ART. 2º)  La Comisión creada en el Artículo precedente nombrará de su seno dos integrantes los cuales deberán abrir una Cuenta Corriente a fin de recibir el depósito correspondiente al 25% del FONDEPRO descripto en el Art. precedente. Queda obligada la mencionada Comisión a elevar mensualmente al Departamento Ejecutivo Municipal y al Concejo Deliberante la rendición de cuenta de los fondos en cuestión.
ART. 3º)  Ccomuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  31 de mayo de 2012.

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